Ricardo Abdalá Ricaurte.




DERECHO PENAL





E N T R A R















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  1. .- Elementos del dolo.
  2. .- Secciones



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ELEMENTOS DEL DOLO
24-AGO-12
Ricardo Abdalá Ricaurte.



De conformidad con el artículo 22 de nuestro ordenamiento penal sustantivo, dos son los elementos constitutivos del dolo, uno cognitivo y otro volitivo, a saber:
  1. Que el agente tenga conocimiento de los hechos constitutivos de la infracción penal, es el elemento cognitivo.
    Nótese que el Legislador no se refiere al conocimiento del tipo penal, es decir, al conocimiento de la ley, sino de los hechos que, eventualmente, son típicos; en otras palabras, es presupuesto sine qua non para que se configure el dolo, que el sujeto activo del tipo penal correspondiente conozca (no que tenga concienca) que efectivamente él está desarrollando esa acción o, si se quiere, ejecutando esos hechos concretos y específicos.
    Creemos que cuando el operador judicial no logra determinar este primer elemento cae, de manera inevitable y nefasta, en responsabilidad objetiva.

    Tratemos de ejemplificar:
    • Pedro Tierra es capturado por la Policía Nacional, porque en su mochila le fueron encontrados 100 gramos de cocaína.
    • Pedro Tierra conoce - porque es abogado - que llevar consigo sustancia estupefaciente es delito.
    • Pedro Tierra no conoce que porta cocaína en su mochila, porque no se dio cuenta cuando Juan Boliche la puso ahí.
    • La conducta de Pedro Tierra no es dolosa, porque pese a que conoce la ley, no conoce que él está ejecutando los hechos constitutivos de la infracción penal.

  2. El segundo elemento, es decir el elemento volitivo, es que el sujeto activo quiera la realización de esa conducta, desde luego, previo conocimiento de la misma.
    Para ello concluiremos que una conducta es querida por el agente cuando de su realización no se predican las circunstancias previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 32 del Código Penal, vale decir, no fue ejecutada bajo insuperable coacción ajena o por miedo insuperable.
Digamos entonces que una correcta enunciación del dolo, en el ejemplo antes propuesto, sería:Quizá lo más complicado es demostrar el elemento cognitivo, porque requiere mayor esfuerzo de inferencia.



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