Ricardo Abdalá Ricaurte.




TECNICAS DEL JUICIO ORAL II





E N T R A R


















































CONTENIDO

(Click sobre la luz)

  1. .- Decálogo para el alegato de introducción.
  2. .- Interrogatorio.- Generalidades.
  3. .- Orden de presentación de los testigos.
  4. .- Desarrollo del interrogatorio.
  5. .- Técnicas del interrogatorio.
  6. .- Clases de preguntas.
  7. .- Contra interrogatorio.
  8. .- Planeando el contra interrogatorio.
  9. .- Desarrollo del contra interrogatorio.
  10. .- Reglas del contra interrogatorio.
  11. .- Corolario del contra interrogatorio.
  12. .- Objeciones.- Generalidades.
  13. .- Preguntas objetables.
  14. .- Formulación de objeciones.
  15. .- Consejos prácticos sobre objeciones.
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    JUICIO ORAL.
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DECALOGO PARA EL ALEGATO DE INTRODUCCION
24-AGO-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



El siguiente es un decálogo de los aspectos a tener en cuenta cuando se prepare y presente el alegato de introducción (presentación de la Teoría del Caso):
  1. Antes que presentaciones distractoras y llenas de contenido abstracto y/o doctrinal, es conveniente que desde el comienzo envíe al juez un mensaje claro del tema sobre el que versa su Teoría del Caso.
  2. Haga un esquema o bosquejo para orientar los pasos que dará durante su intervención.
  3. La presentación del fiscal, que lleva por mandato de la Ley la carga de la prueba, debe contener toda la historia, su encuadramiento en la Ley (adecuación típica completa) y cada elemento probatorio que la soportará.
  4. La presentación del defensor se debe centrar en las presuntas deficiencias de la investigación y en los hechos que desvirtúan la Teoría del Caso de la parte acusadora.
  5. El fiscal debe enunciar los juicios objetivos y subjetivos de que dispone su Teoría del Caso y el cumplimiento de las condiciones probatorias necesarias para condenar.
    El defensor hará lo propio, con las eximentes de responsabilidad, una eventual atipicidad de la conducta, falta de los elementos objetivos y subjetivos del correspondiente tipo penal y, por consiguiente, falta de requisitos parta estructurar una sentencia condenatoria.
  6. Recuerde que está en la obligación de probar todo lo que enuncie en su presentación. Las promesas que no se cumplan serán capitalizadas por su contradictor para atacar su Teoría del Caso cuando llegue el momento procesal de alegar de conclusión.
    Nunca de opiniones personales.
  7. Su presentación debe ser completa y eficiente. Si es posible utilice ayudas audio visuales para recrear hechos y lograr una mejor comprensión que, seguramente redundará en una mejor persuasión.
  8. Escuche la presentación de su contra parte, para que descubra debilidades de la Teoría del Caso que está exponiendo y esté atento a las promesas que haga.
  9. Cuando hable, diríjase al juez, hable en voz alta, clara y segura; mantenga el contacto visual con el juez (sea de color rojo).
  10. Concluya su alegato con una petición completa.
Finalmente, si está actuando como defensor en Colombia, recuerde que la Ley creó la discrecionalidad para presentar el alegato de introducción, pero que es mejor no hacer uso de esa facultad: PRESENTE SU ALEGATO COMO DEFENSOR, de lo contrario habrá cedido terreno en la contienda.



V O L V E R


















































INTERROGATORIO
Generalidades.

30-AGO-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



El interrogatorio es la manera como la prueba testimonial se presenta y practica ante le juez. Cada sujeto procesal (parte) pretende demostrar su teoría del caso a través de sus testigos, por ello un interrogatorio bien planeado y practicado conduce a la persuasión.

La planeación del interrogatorio permite cuáles son los hechos relevantes de la Teoría del caso, qué secuencia se deberá seguir para explicarlos claramente y qué temas y detalles son importantes.

La práctica del interrogatorio tiene como objetivo lograr que el testigo presente todos los hechos que le constan, como los haya percibido, los recuerde y pueda reproducirlos oralmente, de ahí que el protagonista del interrogatorio sea el testigo y no el abogado.

FUNCION DEL INTERROGATORIO

La función del interrogatorio es presentar un testimonio que reúna estas características:
  1. Efectivo.- Para lograr demostrar la Teoría del Caso, debe ser preciso, conciso y evitar la información superflua e irrelevante.
  2. Lógico.- Para obtener un relato coherente de los hechos, donde se destaquen los puntos clave que deben ser fijados en la memoria del juzgador.
  3. Persuasivo.- Porque el fin del proceso oral es lograr el convencimiento del juez; un interrogatorio no es persuasivo si suena improbable o preparado (léase ensayado).
Para el fiscal o el defensor que presenta un testigo, su habilidad en el interrogatorio se traduce en la obtención de información de su testigo, que el juez comprenda lo que el testigo dice y se persuada de ese dicho.

Para el juez, en cambio, surgen otras expectativas, él se preguntará por qué debo creer a ese testigo? Quién es ese testigo? Por qué está aquí ese testigo?.

Esta es una breve introducción de lo que desarrollaremos en próximas oportunidades



V O L V E R


















































ORDEN DE PRESENTACION
DE LOS TESTIGOS.

05-SEP-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



Para planear adecuadamente el interrogatorio, es preciso determinar el orden en que se van a presentar los testigos. Para ello son fundamentales la teoría del caso y la entrevista con los testigos, puesto que las dos nos darán información relacionada con sus fortalezas y debilidades, sobre qué depondrá cada uno (recuerde que cada testigo va por una razón determinada y no es usual que todos lo hagan por lo mismo, ya que las pruebas serían superfluas).

Como quiera que no existe un patrón determinado que permita establecer el orden en que serán llamados los testigos, a continuación se esbozan algunos criterios que serán tenidos en cuenta por fiscales y defensores, veamos:
  1. ORDEN CRONOLÓGICO.- Los testigos se presentarán en el mismo orden en que puedan ilustrar acerca de cómo sucedieron los hechos. Es quizá el criterio mas utilizado, en tanto que al ser humano le es más fácil reconstruir y por consiguiente recordar los hechos en la misma secuencia en que sucedieron.

  2. PRIMACIA Y NOVEDAD.- Es un principio de alto contenido sicológico, según el cual el ser humano recuerda mejor lo primero y lo último que oye. Es simpático que Ferri sobre el particular decía: “El atenerse a la primera impresión inmediata es siempre más útil.”

  3. TESTIMONIO MAS CREIBLE.- Los testimonios más verosímiles serán presentados primero, puesto que impactarán más al juez. Es un método para acreditar la historia, por la impresión de verdad que causa una historia que desde un comienzo se muestra como incuestionable.

  4. TESTIGO MAS CREIBLE.- El primer testigo en ser presentado será aquel que goce de más credibilidad en la sociedad, por su reputación.

    Es necesario tener en cuenta la estrategia planteada en la teoría del caso, pues un testigo idóneo pero socialmente no creíble, en ocasiones es mejor no presentarlo.

    Recuerde que el grupo social tiene varios binomios aplicables a una persona: credibilidad – incredulidad; aceptación – rechazo; admiración – menosprecio.

    Decíamos que el principio es sicológico, puesto que se trata de un juego de falsa autoridad, en el cual lo que diga una persona socialmente incuestionable, es su turno incuestionable; lo que no significa que el testigo diga mentiras (mal podría llevarse a juicio a un testigo mentiroso).

  5. ADECUACION A LA CLASE DE TRIBUNAL.- Hay quienes afirman que no es lo mismo presentar un testigo ante un juez que ante un magistrado; por ello la estrategia consiste en cambiar el orden de los testigos según la persona a quien se pretende impactar.
Pero así como hemos de determinar el orden en que serán presentados los testigos, es menester organizar la prueba, a este propósito se recomienda tener en cuenta:
  1. No sobrecargue la prueba, si un hecho se demuestra con dos testigos, no se necesita llevar diez.
  2. Utilice solamente testigos que fortalezcan su teoría del caso, esto quiere decir que es mejor abstenerse de llevar testigos débiles.
  3. Si su prueba es débil, por qué llegó al juicio?.
  4. Nunca ofrezca al Policía como testigo de los hechos, generalmente él no puede reconstruirlos porque llegó después del suceso y si lo hace es porque alguien le contó (testigo de oídas) y ese testimonio es débil.
  5. El policía puede ser fuerte para probar otros hechos diferentes al delictivo, tales como hallazgo de elementos, cómo se produjo la captura etc.


V O L V E R


















































DESARROLLO DEL INTERROGATORIO.
12-SEP-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



En términos generales y haciendo un breve bosquejo del mismo, el interrogatorio se desarrollará de la siguiente manera:
  1. ACREDITACIÓN.-El interrogatorio comienza con la presentación del testigo, presentación que tiene por objeto, mas que presentar al testigo, informar al juez, quiñen es la persona que declara, qué hace? Cuál es su entorno personal, social y familiar? Cuál es su experiencia? Y, lo más importante, por qué el juez debe creerle?.

    Esto se logra dialogando con el testigo ( no interrogándolo directamente ) sobre sus generales de ley, pero profundizando, no se debe agotar la acreditación con el conocimiento genérico al que, por desgracia, estamos acostumbrados. Recuerde que la acreditación es demostrar al fallador la credibilidad del testigo, de ahí que corresponda a la parte que lo presenta.

  2. RELACION DEL TESTIGO CON LOS HECHOS (POR QUÉ ESTA AHÍ?).- Es esencial demostrar la verdadera razón por la cual el testigo está presente en el juicio. Mediante preguntas introductorias se debe relacionar al testigo con los hechos, los personajes, lugares, sentimientos etc.

  3. DESCRIPCIÓN DE LA ESCENA (QUE VIO?).- Una vez que el testigo ha sido acreditado y relacionado con los hechos, es menester que “dibuje” la escena, es decir que cuente qué vio. Para ello se utilizarán preguntas descriptivas que lo sitúen en el sito de los hechos y expliquen las circunstancias de lugar modo y tiempo en que sucedieron.

    Para lograr esto se sugiere comenzar con una visión global y luego llevar al testigo a los detalles.

  4. PRESENTACIÓN DE LOS HECHOS (QUE VIO?).- La confiabilidad del testigo depende de la manera como describa lo que vio, para ello es recomendable utilizar las preguntas abiertas, a efecto de dejar que narre las cosas de manera espontánea; esto supone que las preguntas sugestivas no se deben utilizar.

  5. PREGUNTAS DE TRANSICIÓN.- Se utilizan, como su nombre lo indica, para determinar cuando termina la narración de un hecho y continúa con otro; De igual manera, son utilizadas para reconducir al testigo a un hecho específico en el cual el abogado quiere centrar la atención del juez.
Nunca olvide escuchar las respuestas del testigo, porque suele suceder que el abogado que lo presenta cree saber las respuestas que obtendrá de su testigo, no obstante es frecuente que el testigo diga cosas que no ha comentado con el abogado y que, por lo mismo, ameritan replantear el interrogatorio, bien porque favorecen nuestra teoría del caso, ora porque la debilitan.



V O L V E R


















































TECNICAS DEL INTERROGATORIO.
29-SEP-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



Como quiera que el interrogatorio se constituye en el eje central del debate probatorio, al punto que en la posibilidad de contrainterrogar se materializan el derecho y principio de contradicción, a continuación presentamos unas especiales sugerencias de lo que el interrogador debe tener en cuenta, a efecto de sacar el mayor y mejor provecho de la prueba.
  1. NO PIERDA EL RUMBO.

    Revise su teoría del caso, con el fin de determina cuál es la información que debe obtener de cada uno de los testigos. Pregunte solo lo que apoya su teoría del caso, la información adicional podría perjudicarle. Sea breve, para que el juez no se distraiga y capte mejor el mensaje.

    En ocasiones su contraparte puede utilizar la estrategia de la objección para que se pierda el rumbo del interrogatorio, el calor del debate y confundir al testigo.

  2. USE LENGUAJE APROPIADO.

    Siempre utilice el lenguaje que el testigo maneja, evite ser estilizado y usar palabras o frases rebuscadas, que pueden confundir al testigo; si el testigo contesta en un argot que no entiende, pregúntele qué significa, recuerde que, seguramente el juez tampoco lo ha entendido. Evite formalismos que pueden infundir temor en el testigo, como las muletillas: infórmele al despacho; sírvase manifestar; dígale a la audiencia etc.

  3. OBSERVE Y ESCUCHE AL TESTIGO.

    Escuche y tome notas del relato del testigo, esto le facilitará diseñar el alegato de conclusión. Recuerde que en el interrogatorio el protagonista es el testigo y no el interrogador, por lo tanto estudie su ubicación en el escenario y procure no cortar la visual entre juez y testigo.

    Cuando el testigo se da cuenta que el interrogador le está prestando la debida atención, es posible que se motive, pierda temores y se espontáneo, porque sabe que lo están valorando y creyendo en él.

  4. UTILICE AYUDAS.

    El apoyo visual es una gran ayuda en la remembranza de los hechos. Si es posible pídale al testigo que grafique el escenario; cuando esto suceda, pídale que señale aspectos relevantes del teatro de los acontecimientos (luces, cuadros, posición de las personas incluidas víctima y victimario etc.)

    Las ayudas visuales pueden ser utilizadas para:

    • Esclarecer el testimonio, a través del reconocimiento del objeto y la demostración ante el juez.
    • Fortalecer el testimonio con fotografías, mapas, planos etc, que darán credibilidad al testigo, cuando el juez confronte lo dicho con las ayudas que se le presentan

  5. TIEMPO Y RITMO DEL INTERROGATORIO.

    Recuerde que los primeros quince (máximo veinte) minutos del interrogatorio son claves, puesto que es el tiempo en que el juez prestará mayor atención, pasado este tiempo la atención decae.

    También es básico el ritmo del interrogatorio, sobre unos hechos poco relevantes Ud. puede pasar rápido, con el fin de tener mas tiempo para profundizar en aspectos que merezcan un poco de profundidad.

  6. INICIE Y TERMINE CON FUERZA.

    La práctica ha demostrado que iniciar y terminar con fuerza, deja recuerdos grabados en la mente del juzgador. No nos referimos al tono de la voz sino al tema, lo que se persigue es iniciar y terminar con aspectos fuertes, interesantes y sustanciales.

  7. EXPRESION VERBAL Y CORPORAL.

    Desde luego, no se puede terminar sin hacer énfasis en el cuidado que el interrogador debe prestar siempre a su expresión corporal y verbal; es necesario modular la voz, prestar atención a la tonalidad; para ello estudie cómo es la sala de audiencias, si tiene o no resonancia, si hay mucho público o poco; cuáles son las ideas que quiere dejar en la mente del juez; cuándo debe llamar la atención etc.

    De otra parte, mantenga el contacto visual con el testigo, pero también fíjese en la expresión del juez y de su contra parte, esto le ayudará a corregir el rumbo de la diligencia, en el evento en que se esté perdiendo.



V O L V E R


















































CLASES DE PREGUNTAS.
27-OCT-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



Nos dedicaremos ahora a hacer un breve bosquejo de las diferentes clases de preguntas, a efecto de que nuestros visitantes puedan preparar adecuadamente tanto la teoría del caso como a su testigo y, lo más importante, planear el interrogatorio.

Es frecuente que aunque el interrogador no lo quiera, el testigo comience a responder de manera tal que es respuesta no se adecue a la clase de pregunta formulada y, por consiguiente es menester saber enrumbar al testigo para lograr el cometido propuesto.
  1. PREGUNTAS NARRATIVAS.-Son aquellas que permiten al testigo a describir los hechos en sus propias palabras, provocando una respuesta vívida y hasta emocional.

    Tienen la ventaja de aumentar la credibilidad del testigo porque demuestran su espontaneidad.

    El interrogador debe evitar, cuando utiliza esta clase de preguntas, formularlas de manera sugestiva, pues si lo hace le será objetada.

    Las desventajas son las siguientes:

    • La respuesta puede llegar a parecer memorizada, especialmente cuando el testigo proporciona demasiados detalles.

    • El testigo puede aprovechar la pregunta para denigrar de otras personas.

      - Qué pasó cuando llegó al bar?
      - Ahí estaba Pedro Tierra, ese miserable que solo sabe buscar líos, sin importarle que haya gente decente como yo; en fin, como era de esperarse, Pedro Tierra se emborrachó, como lo hace casi todos los días y es ahí cuando pierde el control de sus actos; desenfundó un revólver, porque siempre anda armado como todo buen delincuente, y comenzó a retar a los presentes; claro el típico macho matón, que se cree mucho porque tiene un arma en las manos.

    • El testigo puede desviarse del tema.

      - Qué paso ese día a las tres de la tarde?
      - Bueno ese día mi jefe estaba de cumpleaños, entonces le habíamos invitado a un almuerzo en el cual y gracias a los tragos que se tomó, nos dio la tarde libre; ya se podrá Ud. imaginar la alegría de todos nosotros, inclusive Pedro Tierra propuso que nos quedáramos en el restaurante que el ambiente estaba muy rico y que había que aprovechar ese gesto del jefe. Yo, como soy un buen esposo, lo pensé un momento, pero después decidí rime para la casa. Cuando llegué al parqueadero, el carro estaba pinchado, Dios mío pensé, por qué me pasa esto a mí? Y me puse a cambiar la llanta, sudé como no tiene idea, yo creo que ahí se me quedaron los traguitos que me había tomado; cuando terminé, pensaba que lo único que me faltaba era que el carro no encendiera, porque si hay alguien con mala suerte soy yo, cómo le parece que hace como ocho días . . . . .

  2. PREGUNTAS ABIERTAS.- Esencialmente son preguntas narrativas, pero más puntuales que aquellas, por lo que de alguna manera limitan al testigo en su respuesta.

    - Qué dijo Juan Boliche cuando fue herido?

    En este caso el testigo debe limitarse a contestar lo que él recuerda haber oído de labios de Juan, sin poder utilizar sus propias palabras, como en el caso de la pregunta narrativa.

  3. PREGUNTAS CERRADAS.- Es aquella que busca una respuesta corta, concreta y específica.

    - Ud. estaba en el sitio del accidente?
    - Si.

    Se recomienda utilizar esta clase de preguntas cuando se necesita:

    • Refrescar la memoria del testigo.
    • Provocar la respuesta en personas, muy jóvenes, muy ancianas o enfermas, que por su condición no pueden hacer la descripción de una pregunta narrativa.
    • Aclarar una respuesta anterior.

  4. DE SEGUIMIENTO.- Estas preguntas no tienen características específicas, porque se adecuan a las demás. Se utilizan para aclarar respuestas que no fueron muy satisfactorias. Generan seguridad y confianza en el testigo, que se da cuenta que sus respuestas están siendo atendidas por el interrogador.

    - Qué pasó cuando llegó a la fiesta?
    - En la fiesta había muchas personas, unas cinco estaban ebrias, bailando y gritando, de pronto escuché un disparo y alguien gritó: Una ambulancia.
    - Quiénes estaban gritando? (Lo que sirve al interrogador es saber quiénes eran los protagonistas de la riña, no cuántas personas estaban en la fiesta, cuántas estaban ebrias, si se llamó o no la ambulancia)




V O L V E R


















































CONTRAINTERROGATORIO.
24-NOV-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



El contrainterrogatorio es una de las habilidades más difíciles no solo de adquirir, sino también de practicar, porque se trata de enfrentarse a los testigos de la contraparte, quienes por naturaleza serán hostiles al contrainterrogador.

Un contrainterrogatorio exitoso requiere conocer exactamente los puntos débiles del testigo y de su testimonio; requiere saber confrontar esos puntos débiles, saber la clase de preguntas que se harán, saber dominar sicológicamente al testigo (recuerde que es hostil) y, lo más importante, saber cuándo y cómo se debe terminar.

Lograr lo anterior, indiscutiblemente es el resultado de una debida planeación cuidadosa y metódica, tanto más porque el código de procedimiento penal colombiano ha desvirtuado la verdadera filosofía del contrainterrogatorio, reduciéndolo a los puntos sobre los cuales depuso el testigo.

Básicamente, el contrainterrogtorio persigue estos fines:
  1. Atacar la credibilidad personal del testigo.- El testigo puede ser atacado en sus influencias y perjuicios, sus intereses, motivos y convicciones, así como sus antecedentes, aunque esto último no nos parece adecuado, ya que por más antecedentes malos que tenga una persona, eso no quiere decir que siempre deba mentir.

  2. Atacar la credibilidad del testimonio.- Lo que ha dicho el testigo durante el interrogatorio puede ser atacado teniendo en cuenta los elementos sicológicos del testimonio, a saber: percepción, memoria y comunicación.

    En cuanto a la percepción y la memoria, es fundamental recordar y aplicar los elementos que, según Le Senne, constituyen el carácter, vale decir: la emotividad, la actividad y la resonancia.

  3. Obtener que el testigo apoye, aunque sea parcialmente, la teoría del caso del contrainterrogador.- Este objetivo, si se logra, se reflejará en el alegato de conclusión.

  4. Sacar a la luz lo que el testigo no dijo.- Poner en evidencia que en el interrogatorio el testigo no dijo todo lo que sabe es de vital importancia para el contrainterrogador, porque fortalecerá su teoría del caso y, de contera, restará credibilidad a su contraparte, en cabeza de sus testigos.

  5. Preparar el alegato de conclusión.- Debilitar al testigo en el contrainterrogatorio es una herramienta valiosa para criticar el testimonio cuando se presenten los alegatos de conclusión, por ello es recomendable que al momento de planificar el contrainterrogatorio se piense en esos alegatos.



V O L V E R


















































PLANEANDO EL
CONTRAINTERROGATORIO.

21-DIC-06
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



El contrainterrogatorio, como se ha dicho anteriormente, es un tema de un cuidadoso manejo y planeación, por cuanto se trata de trabajar con un testigo adverso, por ello a continuación se exponen algunas técnicas para su adecuada planeación.

SIEMPRE SE DEBE CONTRAINTERROGAR?

La respuesta es que se debe contrainterrogar solo si se tiene claridad absoluta sobre los fines que se persigue con él y si ha sido planeado cuidadosamente.

Para esto es preciso saber si el testigo ha debilitado la teoría del caso del contrainterrogador, si el testigo es importante o creíble. Si el testimonio es conducente y/o relevante, porque si no lo es, no se necesita contrainterrogar.

CÓMO SE PLANEA EL CONTRAINTERROGATORIO?

Sin con las guías propuestas anteriormente, se decide que el contrainterrogatorio es necesario, los puntos más importantes a tener en cuenta son los siguientes:
  1. Elaborar una lista de los hechos relevantes sobre los cuales el testigo ha declarado y será contrainterrogado; al mismo tiempo es menester tener muy claras las fortalezas y debilidades del testigo, así cuál es el resultado que se persigue con el contraiterrogatorio.

    Esto se hace de manera simultánea con la declaración del testigo.

  2. Esté atento a las evidencias que van a ser exhibidas en el interrogatorio.
  3. Evite las preguntas riesgosas, para lo cual es preciso olvidar las posibilidades de éxito o de fracaso del contrainterrogatorio.
  4. Examine cuáles son las debilidades del testigo y del testimonio y trate de poner en evidencia esas debilidades, a través del contrainterrogatorio (qué debe preguntar)
  5. Durante el interrogatorio, tome nota de aquellos pasajes del testimonio sobre los cuales va a contrainterrogar.
  6. Redacte muy bien las preguntas, de suerte que no sea posible “adivinar” una secuencia lógica y prácticamente el testigo se anticipe en sus respuestas a la próxima pregunta; recuerdo que el testigo es adverso para el contrainterrogador.
  7. Determine los aspectos de su teoría del caso que el testigo contrainterrogado deba tocar. Si guardó silencio sobre aquellos que le favorecen, haga énfasis en ellos.
    Pregunte los motivos por los cuales el testigo calló total o parcialmente cuando depuso sobre esos temas.
Se aconseja llevar a la audiencia una hoja con tres columnas para tomar notas que permitan preparar el contra interrogatorio.

PROPÓSITO DEL
CONTRAINTERROGATORIO.
QUE QUIERO REVELAR.
TEMAS A TRATAR.
Atacar la credibilidad del testigo como persona.Interés del testigo en el resultado del juicio.
  1. El testigo es novio de la acusada.
  2. Hay promesa formal de matrimonio.




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DESARROLLO DEL
CONTRAINTERROGATORIO.

16-ENE-07
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



El desarrollo del contrainterrogatorio tiene este esquema básico:

  1. ORGANIZACIÓN LOGICA.

    Inicie el contrainterrogatorio buscando sacar del testigo una información que sirva para apoyar su teoría del caso y continúe en búsqueda de aquello que pueda desacreditar al testigo (o a su testimonio).

    Tenga en cuenta que está frente a un testigo hostil por lo tanto no pretenda que él le cuente una historia lógica ni coherente, ello quiere decir que Ud. tampoco está en la obligación de llevar una secuencia, por ejemplo cronológica, en su contrainterrogatorio y, por el contrario, puede pasar de un tema a otro, con el fin de obtener la mayor y mejor información posible.

    Si logra suficiente información para apoyar su teoría del caso, es mejor que no desacredite al testigo ni a su testimonio, por cuanto resulta algo extraño que ese testigo sea creíble para unas cosas y no lo sea para otras.

  2. IDENTIFICACIÓN DE TEMAS CLAVES.

    El contrainterrogatorio utiliza temas y no historias, por ello al contrainterrogar se recomienda utilizar los temas que serán objeto del alegato de conclusión.

    Las preguntas que pretenden desacreditar el testimonio son aquellas referidas a la percepción del testigo, fallas de memoria, falta de experiencia, inconsistencia, improbabilidad etc.

    Las preguntas dirigidas a desacreditar al testigo son las que apuntan al interés del testigo, sus convicciones, su predisposición etc.

  3. CONTRADICCIONES.

    Es probable que surjan contradicciones entre lo que afirman diferentes testigos, es menester prestar especial atención, porque si esas contradicciones son superficiales es mejor no tocarlas, habida consideración que pueden ser entendidas por el juez como un esfuerzo desesperado.

    Por ejemplo si un testigo afirma que los hechos ocurrieron entre las 2 y las 3 de la tarde y otro dice que sucedieron a las 2 y 45 p.m., qué importancia tiene para la teoría del caso, si al final los dos testigos están diciendo lo mismo?

  4. UTILIZACIÓN DE APOYOS AUDIOVISUALES.

    Estas ayudas se emplean para destacar las contradicciones del testigo contrainterrogado.




V O L V E R


















































REGLAS DEL
CONTRA INTERROGATORIO.

12-FEB-07
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



He aquí algunas reglas a tener en cuenta para la práctica del contra interrogatorio:
  1. OBSERVE AL TESTIGO.- Recuerde que la necesidad de contra interrogar, aunque pueda ser planeada, solo surge del interrogatorio al que lo somete la parte que lo presenta y e las r4espuestas que ofrezca el testigo, puesto que solo entonces cuando usted sabrá a ciencia cierta si esa persona fortalece o debilita su teoría del caso.

  2. NO REPITA EL INTERROGATORIO.- Recuerde que la finalidad del contra interrogatorio es debilitar al testigo o su testimonio, por eso debe circunscribirse a unos temas específicos, que generalmente no fueron tenidos en cuenta por el interrogador. Si repite el contra interrogatorio habrá dado lugar a que el mismo testigo declare dos veces, lo cual puede afectar sus intereses como parte.

  3. TENGA CLARO EL OBJETIVO QUE PERSIGUE.- Quien contra interroga no puede permitirse el lujo de improvisar, porque ello le resta credibilidad y puede ser tomado por el Juez como una maniobra dilatoria. De otra parte, recuerde que el contra interrogado es un testigo hostil para usted, por lo tanto puede sorprenderlo con respuestas no esperadas y es preciso aclararlas en la diligencia.

  4. TRATE DE CONOCER LAS RESPUESTAS PROBABLES.- Esto hará que no sea sorprendido y, además, evitará la formulación de preguntas cuyas respuestas puedan llegar a afectar la teoría del caso de quien contra interroga. Recuerde que el contra interrogatorio es un arma de doble filio, quizá la más letal de la audiencia.

  5. FOMULE PREGUNTAS SUGESTIVAS, CERRADAS Y SEGURAS.- Como ya se vislumbra, la gran habilidad del contra interrogatorio es la de formular preguntas. Se recomienda que éstas preguntas sean siempre cerradas, para evitar que el testigo se extienda en su respuesta, ya que si lo hace contará cosas que perjudican a quien contra interroga. De igual manera, es menester demostrar seguridad y dominio del tema, recuerde que enfrenta a un testigo hostil que, muy seguramente, tratará de contestar con evasivas.

  6. NO PIDA AL TESTIGO QUE EXPLIQUE.- Es uno de los más fatales errores que puede cometerse por el contra interrogador, porque le da pie al testigo para explayarse en su respuesta, llevando la audiencia (por supuesto al contra interrogador) a planos desconocidos (máxime si el contra interrogado es un perito) que pueden dar al traste con el objetivo del contra interrogatorio. De otra parte, se abona el terreno para que el testigo corrija sus respuestas anteriores.

  7. NO PELEE CON EL TESTIGO.- Recuerde que la credibilidad es uno de los pilares de la audiencia; la parte que se desespera con un testigo y pela con él, pierde esa credibilidad, es preciso recordar que la razón habla con calma.

  8. DETENGASE CUANDO HAYA TERMINADO.- Es de vital importancia terminar el contra interrogatorio cuando se haya obtenido el resultado esperado y no extenderse más, porque se corre un gran riesgo de afectar la teoría del caso.



V O L V E R


















































COROLARIO DEL
CONTRA INTERROGATORIO.

16-MAR-07
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



A manera de corolario de lo que hemos tratado de explicar sobre el contrainterrogatorio, a continuación se presenta un decálogo práctico, que permita hacer buen uso de esta herramienta procesal.
  1. Pregúntese primero si es conveniente realizar el contrainterrogatorio, analizando si el testimonio afecta de manera negativa su teoría del caso, si el testigo es importante y/o si es un testigo creíble.

  2. Una vez tenga claro el propósito o propósitos del contrainterrogatorio, establezca claramente lo que Ud. quiere que ese testigo revele, o lo que quiere revelar del testimonio. Una vez tenga esto en claro, selecciones los temas del contrainterrogatorio.

  3. En el momento de planear el contrainterrogatorio, piense y determine cómo encaja el testigo en la teoría del caso de su contraparte y de qué manera afecta la suya.

  4. Al iniciar el contrainterrogatorio siempre busque sacar del testigo cualquier testimonio que pueda favorecer su posición, es decir algo que apoye su teoría del caso.

  5. Conseguido lo anterior, trate de obtener del testigo cualquier información que pueda desacreditar su testimonio (especialmente contradicciones)

  6. Termine su intervención con aquellos aspectos que puedan desacreditar al testigo o, al menos, poner en duda su testimonio.

  7. Utilice apoyos visuales para ayudar al juez a entender, comprender y asimilar la diligencia, señalando áreas problema del testigo o del testimonio, obteniendo de paso el reconocimiento del juzgador.

  8. Demuestre al testigo que Ud. conoce los hechos y, por consiguiente, sabrá si él se desvía de la verdad de los mismos.

  9. Si el testigo no contesta a una de sus preguntas, repítala; esto afecta la credibilidad del testigo y téngala en cuenta para el alegato de conclusión.

  10. Si el testigo es un perito, interróguelo sobre sus honorarios, tiempo de experiencia, fundamentos de su opinión, en fon, demuéstrele que Ud. si sabe sobre esa materia especial sobre la cual él rindió experticio.
Finalmente, recuerde que el contrainterrogaotrio no es obligatorio, que es una herramienta que mal utilizada puede dar al traste con nuestra teoría del caso y, lo mas importante, tenga siempre presente que el éxito del contrainterrogatorio depende de varios factores como:


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OBJECIONES
Generalidades

10-MAY-07
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



La objeción es, en nuestro sentir, el mecanismo jurídico más adecuado para que las partes puedan hacer efectivos sus derechos de defensa y contradicción, amén del control que mutuamente ejercen en la audiencia.

La materialización de las garantías fundamentales permite que los sujetos procesales ejerzan libremente sus derechos a un debido proceso, a la defensa, al acceso a la administración de justicia, a la igualdad y a la contradicción.

La Corte Suprema de Justicia colombiana, en su Sala de Casación Penal, dentro del proceso 12987, el 28 de mayo de 1997 profirió sentencia y dijo:

“El derecho de contradicción está conformado en un sentido amplio por:
  1. El acceso a la Justicia.- Para que, en igualdad de condiciones, el imputado pueda ser oído dentro del proceso por un juez independiente, autónomo e imparcial.

  2. Adquisición de status de sujeto procesal.- Para que, especialmente, imputado y acusador establezcan la relación dialéctica que implica el proceso.

  3. Derecho a ser escuchado.- Derecho que se extiende a todo el proceso, especialmente en su fase oral.

  4. Derecho de igualdad.- Significa que, más allá de la mera contradicción, justamente para que ésta sea efectiva, los sujetos procesales más importantes (quien acusa y quien se defiende) deben hallarse al mismo nivel de posibilidades para:
    • Imputar y refutar.
    • Alegar, aportar, afrontar, enfrentar la prueba, e
    • Impugnar las decisiones.

  5. Derecho de defensa.- Como una respuesta a las imputaciones del investigador – acusador.”

El principio de contradicción en el proceso penal se manifiesta de varias maneras, como:Sumado a lo anterior, las objeciones son una manifestación más del derecho de contradicción, dirigidas a evitar que a juicio lleguen pruebas ilegales, inconducentes, superfluas y repetitivas; buscan enfrentar la prueba para minimizar su efecto demostrativo de hechos y a evitar el comportamiento indebido de la contra parte, que pueda llegar a reñir con los principios de buena fe, lealtad, eficiencia, eficacia y presunción de inocencia.

Con estas breves consideraciones sobre la importancia de saber objetar, dejamos a nuestros lectores un excelente tema de reflexión a efecto de prepararse para los próximos artículos, no sin antes enfatizar que la objeción no puede, ni debe, convertirse en una herramienta de dilación inútil y mal intencionada del debate, sino por el contrario en el arma que permita llevarlo a feliz término.



V O L V E R


















































PREGUNTAS OBJETABLES
17-JUL-07
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



Las objeciones pueden versar sobre las pruebas, las preguntas y las citas en los alegatos.

Por considerar que el interrogatorio y el contrainterrogatorio son aspectos fundamentales y novedosos de nuestro sistema penal acusatorio, nos dedicaremos a las objeciones que se deben formular a las preguntas, cuando ellas sean formuladas de manera indebida o tienden a distorsionar el sentido de la prueba. Para una mejor ilustración nos remitiremos al caso de MARIA VIVES, cuyo texto se encuentra al inicio de la Sección; se trata entonces de interrogar a Clarita Estrella.

Veamos:
  1. PREGUNTA CAPCIOSA.- Es aquella en la que se utiliza el engaño o artificio, para sacar provecho de un testimonio o de un testigo.
    A qué distancia del vehículo estaba Ud. cuando María Vives hurtó el maletín de José Felino?

  2. PREGUNTA IRRELEVANTE.- No tiene nada que ver con los hechos relevantes que se investigan.
    De qué color es el piso de la sala de urgencias?

  3. PREGUNTA SUGESTIVA.- Aquella que busca que el testigo declare de manera franca y abierta sobre los hechos; se sugieren respuestas.
    Ud. y el vigilante se acercaron a María Vives y le quitaron el maletín?

  4. PREGUNTA CONCLUSIVA.- Busca que el testigo acepte una conclusión que es propia del interrogador ( o contrainterrogador, según el caso).
    Ud no se acercó a María Vives porque sospechó que había hurtado el maletín?

  5. PREGUNTA QUE SOLICITA OPINIÓN A UN TESTIGO NO CALIFICADO.- La objeción se fundamenta en que el testigo debe deponer sobre lo que le consta, sin dar su personal opinión sobre esos hechos. Solo el perito puede hacerlo.
    La joyas encontradas en el maletín eran auténticas?

  6. PREGUNTA CONFUSA O AMBIGUA.- No precisa el contenido de la información que el testigo debe suministrar.
    Sabe el motivo de esta diligencia?

  7. PREGUNTA ESPECULATIVA.- Aquella en la cual el interrogador crea una hipótesis propia para que el testigo la confirme o la infirme, con lo cual se le distrae de lo que él recuerda.
    Es posible que Felino le haya entregado el maletín a María Vives?

  8. PREGUNTA ARGUMENTATIVA.- Su contenido conlleva una inferencia que el testigo debe confirmar o rechazar.
    Cuándo el detective Malaespina le mostró el maletín, Ud. supo inmediatamente que era el del señor Felino?

  9. PREGUNTA COMPUESTA.- Involucra varios hechos, al mismo tiempo y la respuesta del testigo no es clara en cuanto a cuál de ellos se refiere.
    Ud estaba en el parqueadero y vio a María Vives con el maletín?
    Si la testigo responde afirmativamente, entenderemos que si estaba en el parqueadero o que si vio a María con el maletín.

  10. PREGUNTA TENDENCIOSA.- Contiene afirmaciones o negaciones que el testigo no ha hecho.
    Si Ud. no vio a María Vives, cómo supo del hurto del maletín?



V O L V E R


















































FORMULACION DE OBJECIONES
25-JUL-08
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



La formulación de objeciones se encuentra íntimamente ligada con la credibilidad del abogado, bien sea del defensor o del fiscal; en efecto, entre más objeciones se hagan, más fácilmente se puede llegar a la conclusión que la parte no tiene un caso sólido y lo que pretende es dilatar el proceso e interrumpir a su contrario.

Por lo anterior, es preciso saber qué tan conveniente es la objeción a la propia teoría del caso, qué tan relevante es para la misma y, lo más importante, qué beneficio se podrá obtener de ella.

En ocasiones el abogado objeta las preguntas, porque no fueron formuladas con la técnica requerida, pero olvida que la reformulación de la pregunta subsana el yerro y nada obtuvo que beneficie a su teoría del caso.

La objeción no puede ser utilizada para “frenar” el ritmo de la audiencia.

OPORTUNIDAD DE LA OBJECIÓN.- Como en tantas oportunidades lo hemos dicho, en el juicio oral el abogado debe estar pendiente de muchas cosas al mismo tiempo, una de ellas es precisamente el interrogatorio que la contra parte hace al testigo, con el fin de formular las objeciones a que haya lugar de manera oportuna.

En términos generales, la objeción debe ser formulada antes de que el testigo de su respuesta, de lo contrario se corre el riesgo de que el juez escuche algo que puede variar su concepción del caso; recuérdese que una pregunta respondida es un hecho declarado que, por obvias razones, difícilmente se borra de la mente del juez.

Particularmente creemos que si la pregunta no se objetó antes de que el testigo haya iniciado a dar respuesta, es mejor guardar silencio, por cuanto la objeción a destiempo llama la atención del juzgador que prestará más atención a esa respuesta que el abogado quiso evitar.

FUNDAMENTO DE LA OBJECIÓN.- Como pudiese llegar a creerse, no se trata de dar argumentos jurídicos, simplemente se requiere, en una frase corta, exponer el motivo por el cual se objeta, frase que por lo general se reduce a enunciar la clase de pregunta que se ha formulado por la contra parte y una brevísima explicación de por qué se considera que la pregunta es objetable. Basta con que el abogado diga: Objeción, la pregunta es irrelevante, el hecho de que sea o no casado, no tiene nada que ver con la autoría del homicidio.

COMO SE OBJETA.- Formular una objeción es un verdadero rito:
  1. Es necesario ponerse de pié y levantar la mano.
  2. Debe decirse OBJECIÓN, con voz fuerte, de manera que el interrogador suspenda la pregunta, el testigo no responda y el juez se aliste para resolver.
  3. La fundamentación debe hacerse de manera enérgica, mostrando convencimiento e inmediatamente después de haber dicho OBJECIÓN, de lo contrario se pierde credibilidad.
  4. La objeción debe dirigirse al juez y no al interrogador ni al testigo.
  5. Si es uno quien recibe la objeción, debe guardar silencio y esperar a que el juez resuelva sobre la objeción, o refutar al objetante o reformular la pregunta si esa fuere la orden del juez.
El abogado a quien se objeta debe tener la suficiente serenidad para evitar perder el ritmo del interrogatorio o la secuencia del mismo.



V O L V E R


















































CONSEJOS PRACTICOS
SOBRE OBJECIONES

29-JUL-09
Ricardo Abdalá Ricaurte.- ©



A continuación me permito introducir algunos consejos prácticos relativos al uso de objeciones en el juicio oral, en el entendido que el abuso de las mismas puede llevar a que el abogado pierda credibilidad.
  1. En la audiencia preparatoria es posible objetar las pruebas que solicita la contra parte, a efecto de evitar que lleguen a juicio aquellas que son ilegales, inconducentes, superfluas, prohibidas.

  2. En la práctica de interrogatorios y/o contrainterrogatorios es necesario objetar las preguntas que son formuladas de manera indebida o tienden a distorsionar la prueba.

  3. Son objetables las respuestas dadas con anterioridad que se están repitiendo o aquellas que no se quieren dar.

  4. En los alegatos de introducción (presentación de la teoría del caso) y de conclusión, se puede objetar para evitar comportamientos indebidos.

  5. Reiterando lo dicho al iniciar estas líneas, recuerde que el exceso de objeciones, puede crear en el juez la imagen de un abogado que no tiene teoría del caso y que pretende hacer de la objeción una maniobra dilatoria con la cual interrumpe a la contraparte para quitar o bajar el ritmo a su intervención.

  6. Antes de objetar, rápidamente determine la necesidad de la objeción para su teoría del caso; si logra establecer que es irrelevante o que no le favorece, absténgase de objetar.

  7. Nunca pierda la concentración en el interrogatorio (o contrainterrogatorio) que efectúa su contraparte, para que la objeción sea oportuna y eficaz.

  8. Para que la objeción sea efectiva, recuerde que se debe objetar antes de que se produzca la respuesta, antes de que se acabe de formular la pregunta o antes de que se termine de argumentar, según el caso. El juicio oral es un escenario de impacto sicológico por antonomasia, por lo que un argumento esgrimido, una respuesta dada o una pregunta formulada, difícilmente se borrará de la mente del juez.

  9. Al momento de objetar debe indicarse el fundamento; los titubeos o el no ofrecimiento de dicho fundamento desdicen de la seriedad del abogado. No se trata de hacer un estudio jurídico de la objeción, basta simplemente con señalar en dos o tres palabras, por qué el abogado cree que la respuesta, la pregunta o el argumento no son válidos.

  10. La objeción debe ser dirigida al juez, no a la contra parte y mucho menos al testigo. Recuerde que, finalmente, es el juez quien decide si la objeción prospera o no.




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© Ricardo Abdalá Ricaurte.